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AVCRI

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Agència de Valorització i Comercialització dels Resultats de la Investigació (AVCRI)
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www.ub.edu/avcri

 

Brochure

Protección, Valorización y Comercialización de los resultados de la investigación, AVCRI, 2007:

Brochure

Articulo

Macho-Stadler I, Pérez-Castrillo D, Veugelers R. Designing Contracts for University Spin-offs, Fundación BBVA, 2007.

Artículo

Articulo

Macho-Stadler I, Pérez-Castrillo D, Veugelers R. Licensing of University Inventions: The Role of a Technology Transfer Office, Fundación BBVA, 2005

Artículo

Servicios * Innovacion * Conceptos basicos

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Conceptos básicos

   1. ¿Qué es la propiedad intelectual-industrial?

   2. Conceptos básicos sobre patentes

         1. ¿Qué es una patente?

         2. Solicitud, concesión y duración de una patente

         3. Los inventores y los titulares de una patente

         4. ¿Qué se tiene que hacer antes de presentar una solicitud prioritaria?

         5. ¿Cuando se tiene que patentar?

         6. ¿Porqué se tiene que patentar?

   3. ¿Qué es una licéncia?

   4. ¿Qué es una empresa inovadora de base tecnológica?

   5. ¿Qué es una casiempresa? ¿Qué es el programa casiempresas UB?

   6. ¿Qué son los trampolines tecnologicos y que papel tienen?

   7. ¿A que llamamos incubación de empresas?

   8. ¿Qué es la bioincubadora CIDEM-PCB?

   9. ¿Como es el proceso? ¿Por donde empezamos?

         1. Promoción y identificación

         2. Fase de avaluación de oportunidad

               1. Analisis de la mejor protección y patentabilitat

               2. Analisis de aplicabilidad y diferenciación competitiva

         3. Fase de protección

               1. Cuestiones previas que hay que tener en cuenta

     2. Busca del estado de la técnica, redacción y presentación de la solicitud


4. Fase de valorización (incremento de valor)

          5. Proyecto de licencia

               1. Fase de planificación (o preparación para la transferencia)


               2. Fase de execución

               3. Fase de seguimiento de la transferencia

          6. Proyecto de creación de una empresa derivada


 

         
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1. ¿Que es la propiedad intelectual-industrial?

Casi en todo el mundo se distingue entre derechos de propiedad industrial y derechos de autor como dos ramas de un mismo tronco común llamado intellectual property en inglés y propriété intellectuelle en francés. Desgraciadamente, en España y en algunos países sudamericanos no hay un término para referirse a este tronco común y la expresión propiedad intelectual se asimila sólo a la rama de los derechos de autor. Por eso, y con el fin de evitar malentendidos, en esta guía nos referiremos al tronco común como propiedad intelectual-industrial. Las principales modalidades de propiedad intelectual-industrial son:

  1. Patente
    Protege una invención, entendiendo como tal una solución técnica a un problema técnico. En algunos países existe también el modelo de utilidad, que normalmente dura menos tiempo y se utiliza para proteger invenciones de menor actividad inventiva.

  2. Diseño industrial
    Protege la forma o apariencia externa de un objeto, independientemente de cómo funcione.

  3. Marca
    Protege los signos distintivos, por ejemplo un nombre o un logotipo, con el objetivo de diferenciar productos y servicios una vez se ponen en el mercado.

  4. Secreto industrial (know-how)
    Protege aquellos conocimientos técnicos que se quieren mantener confidenciales.

  5. Derechos de autor y relacionados
    Protegen las obras de creación, por ejemplo las obras artísticas y literarias. También se usa para proteger los programas de ordenador, aunque éstos pueden llegar a incluirse en una patente si forman parte funcional de una invención técnica.

 

Modalidad Qué protege? Hace falta registrarla? Duración máxima
Patente Invenciones 20 años
Marca Signos distintivos Ilimitada
Diseño Formas 25 años
Secreto industrial Información confidencial No Ilimitada
Derechos de autor Obras de creación No 70 años después de la muerte del autor

         
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2. Conceptos básicos sobre patentes
         
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2.1. Qué es una patente

La patente es un título de propiedad intelectual-industrial otorgado por un estado al autor de una invención, o a quien lo haya contratado para inventar, mediante el cual se le concede el derecho a excluir de la explotación de la invención a aquél que no tenga consentimiento para ello. La patente se concede en el territorio del estado y durante un tiempo determinado, a cambio de dar la invención a conocimiento público. A fin de que sea patentable, la invención tiene que cumplir ciertos requisitos:

  • La invención tiene que ser nueva, es decir, no tiene que estar comprendida en el estado de la técnica (los conocimientos técnicos accesibles al público hasta el momento).
  • Tiene que implicar actividad inventiva, o sea, no tiene que ser obvia para un experto que conozca el estado de la técnica.
  • La invención tiene que tener carácter técnico y aplicabilidad industrial.
  • La descripción de la invención tiene que ser suficiente a fin de que un experto que conozca el estado de la técnica la pueda ejecutar.
  • Las reivindicaciones, que definen el objeto de la protección, tienen que ser claras y referirse todas a un único concepto inventivo (o sea, tener unidad de invención).

 

Hay que tener en cuenta que el derecho de patente no garantiza por sí mismo que su propietario pueda explotar una invención. El derecho a explotar la invención se puede ver limitado por otras patentes anteriores o por regulaciones o legislación ajenas a la propiedad intelectual-industrial. Por ejemplo, tener la patente de un nuevo medicamento no permite comercializarlo si no se ha hecho el correspondiente proceso de registro sanitario. Lo que permite realmente la patente es impedir que alguien más fabrique la invención patentada o haga un uso comercial de la misma. Aun así, para ejercer realmente este derecho el titular de la patente tiene que mantener una actitud activa para controlar quién la puede estar infringiendo y actuar legalmente en contra.

 

         
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2.2. Solicitud, concesión y duración de una patente

Tal como hemos dicho anteriormente, una patente concede un derecho de exclusiva sobre una invención garantizado por un estado durante un tiempo específico. Eso significa que si se quiere tener este derecho en más de un estado, será necesario solicitar una patente en cada uno de los países donde se quiera proteger la invención, cosa que es compleja y costosa, aunque hay maneras de simplificar trámites y reducir los gastos, como veremos a continuación. El proceso de patentar empieza generalmente con la presentación de una primera solicitud (en adelante, solicitud prioritaria) que crea un derecho de prioridad mundial y fija la fecha (en adelante, fecha de prioridad) en que se examina la patentabilidad. Como pasa en muchos otros países, para las invenciones hechas en España hace falta que la solicitud prioritaria se presente en la oficina de patentes del propio país, que en el caso español es la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).

 

Las oficinas de cada país donde se quiere proteger la invención llevan a cabo su propio procedimiento de examen independientemente de las otras, a excepción de la Oficina Europea de Patentes (OEP), que lleva a cabo un proceso de examen centralizado para todos los países del Convenio de la Patente Europea, a saber, todos los de la Unión Europea y otros como Suiza y Turquía. Una vez la OEP ha concedido la patente, sólo hace falta validarla (traducirla y pagar las tasas correspondientes en un tiempo determinado) en cada país concreto donde se quiera proteger la invención; en caso de no hacerlo, se perdería la protección.

 

En general, durante la tramitación de una solicitud de patente hay tres procesos que coinciden en muchas oficinas de patentes: el examen de forma, el informe de búsqueda y el examen de fondo. Para llevar a cabo todo el proceso la oficina de patentes designa a un examinador que está en diálogo permanente con el solicitante, de manera directa o a través de su representante si ha designado a uno.

 

  • El examen de forma:

    Normalmente se realiza justo después de la presentación de la solicitud y verifica que el formulario de solicitud se haya cumplimentado correctamente: los inventores, la descripción y los dibujos de la invención, las reivindicaciones, el resumen, etc. También se verifica la unidad de invención y la exclusión de patentabilidad. Los defectos que se puedan encontrar en este examen se comunican al solicitante a fin de que los corrija en un plazo prefijado; si no lo hace, la oficina de patentes rechazará la solicitud.

  • El informe de búsqueda:

    Tiene por objetivo determinar cuál es el estado de la técnica hasta el momento de la presentación de las diferentes reivindicaciones de la solicitud. Los documentos examinados incluyen tanto documentos de patentes como artículos científicos relacionados con el área tecnológica de la invención. El resultado de la búsqueda es un informe entregado al solicitante, citando los documentos que se tienen que tener en cuenta para valorar la novedad y la actividad inventiva de la invención.

  • El examen de fondo:

     
    Se hace cuando la solicitud de patente ya ha sido publicada (a partir de los 18 meses desde la fecha de prioridad). El objetivo de este
    examen es verificar que se cumplen ciertas condiciones de patentabilidad: que la invención sea nueva, que tenga actividad inventiva, que sea aplicable industrialmente y que esté descrita de forma conveniente, clara y suficiente.

 

Igual que en el examen de forma, las posibles objeciones que surjan en esta etapa del examen, bien sea por parte del examinador como de terceros, se comunican al solicitante a fin de que responda en un tiempo determinado y, si no lo hace, la oficina denegará la patente.

 

En ningún sistema se garantiza la validez de la patente, ya que ésta podrá ser invalidada en una oposición en la misma oficina de patentes donde se ha concedido o posteriormente por la vía judicial.

 

El tiempo requerido para llevar a cabo el examen completo de la patente y, por lo tanto, para que pueda ser definitivamente concedida al solicitante, suele ser como mínimo de dos a tres años, pero se puede alargar mucho si salen puntos conflictivos durante alguna de las partes del examen.

 

La patente tiene una duración de 20 años contados a partir de la fecha de solicitud.

 

Si la solicitud se presenta simultáneamente en muchos países, los trámites pueden ser muy complejos y, sobre todo, costosos. Para simplificar estos trámites y reducir los gastos iniciales derivados de la solicitud en un grupo numeroso de países, se puede presentar una solicitud por la vía internacional o PCT (Patent Cooperation Treaty), que engloba la mayoría de los países industrializados y permite retrasar la entrada en las vías nacionales o en la vía europea hasta 30 meses después de la fecha de prioridad. Durante este periodo se pueden valorar mejor las expectativas de la invención y concretar a qué países hay que extender realmente la protección. Conviene remarcar que la estrategia para presentar una solicitud de patente en diferentes países depende mucho de los objetivos de la patente, del presupuesto disponible y de las expectativas comerciales de la invención. Antes de presentar la solicitud es importante establecer con claridad los objetivos y consultar a un profesional.

 

El esquema temporal de la presentación de la solicitud prioritaria seguida del PCT se presenta a continuación:

 

En este esquema hay diferentes momentos importantes:

  • Prioridad:

    la fecha de prioridad es la fecha de la primera solicitud relacionada con la invención y marca el inicio del año de prioridad, durante el cual el solicitante dispone
    1-Data de prioritat0 mes12 mesos18 mesos30 mesos... ... ...20 anysAny de prioritat2-Sol·licitud PCT3-Publicació 4-Inici vies nacionals o europea5-Concessió de patents nacionals6-Fi durada patent1-patent

    de la reserva de sus derechos para presentar solicitudes en otros países. A efectos de patentabilidad estas solicitudes constarán como presentadas en la fecha de prioridad. Un caso particular es el de Estados Unidos, donde el derecho de patente no se determina por la fecha de la primera solicitud, sino por la fecha de la primera concepción de la invención (que se puede probar con los cuadernos de laboratorio).

  • Solicitud PCT:

    permite aplazar la entrada en las oficinas nacionales de todos los países suscritos al Tratado PCT hasta 30 meses desde la fecha de prioridad. La solicitud PCT se tiene que hacer dentro del año de prioridad.

  • Publicación:

    a partir de 18 meses desde la fecha de prioridad se publica la solicitud PCT y la solicitud prioritaria, si ésta última no se ha abandonado.

  • Inicio de los trámites en las oficinas nacionales o en la OEP:

    en los 30 meses siguientes a la fecha de prioridad (18 meses desde la solicitud PCT) se debe haber iniciado los trámites en cada uno de los estados donde se quiera obtener la patente (Estados Unidos, Japón, Canadá, etc.) o en la Oficina Europea de Patentes, si se quiere patentar en diversos países de Europa. En todos los países donde no se haya tramitado la solicitud nacional o europea dentro de este plazo, la invención dejará de estar protegida y pasará inmediatamente a ser de dominio público, ya que la primera solicitud ya ha sido publicada y, por lo tanto, la invención deja de cumplir el requisito de novedad.

  • Concesión de las patentes nacionales y europea:

    se hace después de los exámenes de cada una de las oficinas. Suelen concederse las patentes como mínimo 2 o 3 años después de estas solicitudes. Una vez concedida, hay que validar la patente europea en los países de interés, que normalmente incluyen Alemania, Gran Bretaña, Francia, Italia y España, pero que nunca llegan a los 36 países posibles. A partir de este momento, para mantener la patente hay que pagar las tasas anuales fijadas por las oficinas nacionales de patentes.

  • Fin de la duración de la patente:

    20 años desde la fecha de solicitud (sea solicitud PCT o nacional). En el caso de medicamentos o productos fitosanitarios, se puede alargar la protección un máximo de cinco años.

 

Una práctica habitual es abandonar la solicitud prioritaria durante el año de prioridad (cuándo todavía no es pública) y volver a presentarla. Eso crea una nueva fecha de prioridad y permite redactar mejor la solicitud, con los avances incorporados en la invención. Esta estrategia, sin embargo, no está exenta de riesgo, ya que de la misma manera que la patente de interés es todavía secreta, puede haber otras con fecha de de prioridad posterior que todavía no estén publicadas. Cuando se abandona la solicitud prioritaria y se crea una nueva fecha de prioridad, podría ser que estas otras solicitudes no publicadas, de las cuales no se puede tener noticia, constituyan antecedentes que rompan la novedad. En todo caso, antes de tomar la decisión de abandonar la solicitud y volver a presentarla, hay que informarse de si hay otros equipos de investigación trabajando sobre el mismo tema y actualizar la búsqueda de documentos relacionados para intentar minimizar el mencionado riesgo.

 

         
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2.3. Los inventores y los titulares de la patente

Los inventores son las personas físicas que han hecho una contribución intelectual a la concepción de alguna de las reivindicaciones de que definen la invención. En el momento de declarar quiénes son los inventores para solicitar la patente, es importante incluir a todas las personas que hayan intervenido directamente en la invención, pero a nadie más. Este punto es especialmente importante en las patentes de Estados Unidos, ya que cualquier error u omisión en la relación de inventores puede hacer que la patente sea inválida.

 

Muy a menudo, los inventores han desarrollado el proyecto que ha conducido a la solicitud de patente en el marco de un contrato laboral con una persona jurídica, como una empresa, una universidad o una institución pública de investigación. En estos casos, estas personas jurídicas suelen tener la propiedad de los derechos provenientes de la solicitud de patente. Como propietarios de los derechos, los titulares tienen la obligación de cubrir los costes de la tramitación de las solicitudes nacionales o internacionales, y tienen el derecho de establecer acuerdos de licencia o cesión con terceros para la explotación comercial de la invención. En algunos casos, los inventores pueden recibir alguna compensación económica por parte de los titulares, pero siempre según la normativa laboral y las normativas internas de las correspondientes instituciones.

 

Para facilitar los trámites de solicitud de patentes y los contratos de licencia o cesión cuando hay varias personas físicas o jurídicas que tienen derecho sobre una invención, es frecuente que, mediante un contrato privado, se escoja a una como solicitante única ante las oficinas de patentes. Que el único solicitante sea una universidad pública española comporta un notable abaratamiento, ya que la OEPM no cobra ninguna tasa en el procedimiento nacional y hace un descuento de la orden de dos tercios de las tasas en el procedimiento PCT.

 

         
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2.4. ¿Qué hay que hacer antes de presentar la solicitud prioritaria?

Cuando se desarrolla un proyecto tecnológico orientado a obtener invenciones patentables, hay diferentes puntos que se deben tener en cuenta para intentar proteger los resultados de la investigación:

  • Hacer una búsqueda bibliográfica inicial:

    como paso previo al inicio del proyecto es muy conveniente realizar una búsqueda bibliográfica tan amplia como sea posible a fin de averiguar cuál es el estado de la técnica en un área determinada. Eso permitirá ahorrar esfuerzos en líneas de investigación que ya hayan sido publicadas o patentadas y orientar el proyecto para intentar que cumpla el requisito de novedad. Sin embargo, se debe tener en cuenta que esta búsqueda no reflejará todas aquellas solicitudes de patentes que estén en trámite en las oficinas nacionales de patentes y que todavía no se hayan publicado porque no han transcurrido 18 meses desde su fecha de prioridad.

  • No hacer ninguna autodivulgación de la invención:

    una vez iniciada la investigación, debe evitarse cualquier tipo de comunicación pública de los resultados obtenidos (artículos, conferencias, tesis doctorales, informes para terceros sin acuerdo de confidencialidad, etc.). Si ya se ha hecho una publicación de la invención, se ha perdido la posibilidad de patentar, con la excepción de Estados Unidos, donde se puede solicitar una patente hasta 12 meses después de que se haya hecho pública la invención.

  • Llevar cuidadosamente los registros de laboratorio:

    si se quiere pedir una patente en Estados Unidos (cosa que interesará hacer siempre que la invención tenga importancia comercial) es muy importante llevar correctamente los registros o diarios del laboratorio, ya que si hay conflicto entre dos equipos de investigación la oficina estadounidense de patentes se basará en la fecha en que se hizo la concepción de la invención para otorgar la prioridad. Llevar correctamente los registros de laboratorio implica, entre otras cosas, que los
    diarios estén firmados y fechados por el inventor y visados por una persona ajena al equipo de inventores.

  • Asesorarse por expertos en patentes:

    es muy importante poner la redacción de la patente y todos los trámites de gestión en manos de profesionales del sector (agencias de patentes). Si la investigación se ha realizado dentro del ámbito universitario, el organismo encargado de las patentes de la universidad, normalmente la OTRI (Oficina de Transferencia de los Resultados de la Investigación), asesora a los inventores sobre la mejor estrategia para obtener la patente y para explotar la invención.

 

 

         
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2.5. ¿Cuándo hay que patentar?
         
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2.6. ¿Por qué hay que patentar?

Es evidente que la solicitud de una patente requiere una considerable inversión económica y de tiempo, no sólo en trámites y gastos oficiales con las oficinas de patentes sino también en redacción, traducciones, honorarios de los agentes de patentes, de los abogados, etc. Así pues, ¿por qué hay que patentar?

 

La patente permite disfrutar del monopolio de un producto o de un proceso en un estado, o negociar con este monopolio mediante la venta o licencia de la patente. Cuando la inversión necesaria para llevar al mercado un producto o un servicio tecnológico es grande (por ejemplo, en la industria farmacéutica), es imprescindible evitar que los competidores puedan copiar el producto y aprovecharse de los rendimientos comerciales de la invención sin invertir en su desarrollo. La cuestión de fondo es la protección ante la imitación de una información asociada a una inversión económica. Las patentes fomentan el desarrollo tecnológico mediante la divulgación de nueva tecnología y el estímulo de la I+D en las empresas.

 

Las patentes son un activo esencial para la viabilidad de nuevas empresas de base tecnológica. Dado que estas empresas raramente tienen los recursos necesarios para llevar al mercado ellas solas los nuevos productos, será vital conseguir inversores y socios de desarrollo que aporten estos recursos. La valoración de estas empresas por parte de los inversores se basa, entre otras cosas, en sus patentes o licencias, que determinan su potencial de mercado. Incluso en muchos casos, cuando los desarrollos son tan largos, el modelo de negocio de las empresas de alto contenido tecnológico no se basa en vender sus productos directamente a los consumidores, sino en vender o licenciar las patentes a otras empresas mayores que desarrollarán los productos y los comercializarán.

 

En el caso de invenciones que resultan de proyectos de investigación universitarios (o de otros centros públicos), hay que destacar que obtener derechos de solicitud de patente para los países más industrializados tiene un coste pequeño (durante los primeros 30 meses) y que el hecho de licenciar estos derechos puede contribuir a incrementar significativamente los recursos económicos destinados a la investigación. Además, el hecho de solicitar una patente nunca impide publicar los resultados obtenidos, siempre que se tenga mucho cuidado de hacerlo después de la fecha de prioridad.

 

Hay muchos ejemplos de patentes que han dado beneficios enormes, pero hay que advertir que globalmente sólo un pequeño porcentaje de las invenciones patentadas llega realmente al mercado y permite recuperar las inversiones. Hay que valorar con el mayor cuidado posible las expectativas del producto en el mercado y estar dispuesto a abandonar a tiempo una solicitud o una patente que no será rentable. El hecho de poder presentar la solicitud nacional como prioritaria y más adelante la PCT permite tener 30 meses de exclusividad sobre la invención a un coste relativamente bajo. Durante este periodo se deberá estudiar a fondo el posible mercado del producto y hacer esta valoración para decidir con el máximo de información posible si se seguirán las vías nacionales y en qué países.

 

La razón genuina de patentar es para disfrutar del derecho a impedir la explotación de la invención de manera eficaz o licenciar este derecho a un tercero. Si eso es lo que se persigue, hay que obtener una patente fuerte (o sea, válida y eficaz), lo cual sólo se consigue si:

  • La invención es susceptible de ser imitada.
  • Se confía en poder detectar la eventual infracción.
  • Se confía en poder probar la eventual infracción ante un tribunal.
  • Se confía en que la posible condena del infractor compensaría los gastos y las molestias de patentar, pleitear, etc.
  • Se considera que la invención es patentable.
  • Se confía en convertir las solicitudes de patentes en patentes concedidas y válidas en los países de interés.

 

Además de la razón genuina, desde un punto de vista empresarial, puede haber otras razones para patentar aunque no se obtenga una patente fuerte. Así pues, patentar puede convenir:

  • Para publicar a voluntad a un precio moderado, con la intención de impedir a otro que patente (en el caso de la universidad esta razón no tendría mucho sentido, ya que normalmente se hace una publicación científica).
  • Para embellecer una licencia de know-how acompañándola de una licencia de patente.
  • Para dar una imagen tecnológicamente adelantada, que impresione a las autoridades y que pueda servir para obtener homologaciones y subvenciones.
  • Por motivos de marketing: para animar a los empleados y vendedores, para poder poner "pendiente de patente", etc.

 

 

         
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3. ¿Qué es una licencia?

Es importante entender que proteger no tiene sentido en sí mismo, sino por la intención de explotar los resultados. La explotación de los resultados en la sociedad corre a cargo de las empresas y no de la universidad, por lo que se deben transferir a las empresas estos derechos protegidos por la universidad.

 

La universidad puede transferir la propiedad (en este caso hablaríamos de contrato de venta o cesión) o ceder únicamente parte de los derechos, y en este caso hablaríamos de contrato de licencia.

 

Licenciar permite mantener la propiedad, y la posibilidad del control, al mismo tiempo que ésta genera ganancias mediante royalties por el uso que la industria hace de esta PI.

 

Una licencia, por lo tanto, es un contrato por el que se transfieren derechos de una parte (licenciador) a otra (licenciatario). Estos derechos controlan el uso (para copiar, fabricar, vender, etc.) sobre una invención protegida (patente, secreto industrial, etc.)

 

Pueden diseñarse diferentes estrategias de licencia. Esencialmente podríamos hablar de acuerdos de no exclusividad, exclusividad o licencia limitada por territorios geográficos o por usos (en general, campos).

  • Una licencia de no exclusividad es generalmente adecuada en tecnologías del tipo herramientas para investigación (research tools), que serían de interés para múltiples compañías.
  • Las licencias con exclusividad suelen ser necesarias cuando el desarrollo del producto requiere un esfuerzo y un coste considerable (tiempo, inversiones y recursos) por parte de la compañía licenciataria. En este caso una posición de exclusividad en el mercado es necesaria para justificar los gastos.
  • Con algunas tecnologías conviene cerrar acuerdos con exclusividad para ciertos territorios o ciertos usos, lo que permite expandir las posibilidades comerciales: acuerdos con diferentes compañías para diferentes territorios o usos en paralelo.

 

Los intereses y objetivos de las compañías y la universidad, rara vez están alineados, por lo que es necesaria una negociación que puede ser larga y difícil, hasta llegar a un acuerdo que sea justo y equitativo.

 

En un acuerdo simple de licencia de no exclusividad, la relación puede estar limitada a una única entrega de materiales y/o pago de royalties. En acuerdos de licencia que incluyen exclusividad, esta relación es más extensa y a menudo incluye colaboraciones entre los inventores y la compañía (para temas de asesoría o para la realización de determinados estudios de investigación). Así pues, es posible que un acuerdo de licencia defina la estructura de una relación universidad-empresa de larga duración.

 

El contrato de licencia tiene que proteger la misión de la universidad asegurando que sus investigadores mantienen los derechos de continuar investigando en el campo de la licencia, de publicar libremente y de diseminar materiales de investigación (tangibles) relacionados con la tecnología a otros investigadores académicos.

 

Con el fin de asegurar la retención de estos derechos y proteger los intereses de la universidad y sus investigadores, la Agencia utiliza acuerdos con formatos estándar y suele encargarse de preparar el primer borrador del acuerdo.

 

Aunque los inventores no participan en la negociación del contrato de licencia, todas las personas que tienen derechos (acordados previamente) a percibir ingresos del acuerdo que se negocia deben revisar el acuerdo con la empresa y firmar un documento confirmando que están de acuerdo con los términos negociados y que por lo tanto asumen las condiciones y compromisos que se pactan.

 

Hay ciertos términos de un acuerdo de licencia que afectan directamente (y comprometen) a los investigadores:

 

Confidencialidad, mejoras y publicaciones

  • Confidencialidad:

    los términos del acuerdo de licencia (y en muchas ocasiones incluso su existencia), y la información sobre los planes de desarrollo y comercialización previstos por el licenciatario son confidenciales para proteger los intereses tanto de la universidad como de la compañía.

  • Mejoras:

    en muchas ocasiones los licenciatarios esperan tener también acceso a las futuras mejoras en la tecnología que produzcan los investigadores, de forma que puedan mejorar sus expectativas de ventas y protegerse de que estas mejoras puedan ir a manos de sus competidores. El riesgo es que todo el paquete de mejoras futuras esté prevendido a una única compañía que pueda resultar no ser el socio comercial adecuado en el futuro. Para evitar esta situación, puede limitarse la definición de «mejoras» a ideas generadas en un determinado entorno de la tecnología licenciada o a un espacio de tiempo (por ejemplo, dos años).

  • Publicaciones:

    las compañías, en ocasiones, insisten en el derecho a revisar los manuscritos relacionados con la licencia antes de su publicación. Puede acotarse en el acuerdo el tiempo disponible para esta revisión (por ejemplo, dos o tres meses).

 

En muchas ocasiones, la colaboración entre investigadores de diferentes instituciones da lugar a invenciones compartidas. Desde el punto de vista de negociar un acuerdo de licencia, es muy conveniente que haya un único interlocutor. En estas circunstancias es posible llegar a acuerdos «interinstituciones» para consolidar los esfuerzos de patentar y comercializar la coinvención. Aunque estos acuerdos puedan ser complejos y requerir un tiempo de negociación considerable, son importantes porque añaden valor a la tecnología, ya que aseguran al potencial licenciatario la posibilidad de obtener derechos exclusivos.

 

En un acuerdo de licencia, son múltiples los temas que se deben considerar:

  • Información sobre las compañías: venta o cambios de accionariado en alguna de las empresas, potenciales futuras sublicencias en otras empresas, etc.
  • Temas de propiedad industrial/intelectual: tipo de tecnología licenciada, delimitación o exclusividad del acuerdo, quién y cómo realizará el mantenimiento de la patente, quién y cómo realizará la defensa sobre infracciones de terceras partes, etc.
  • Condiciones financieras: pago inicial, pagos diferidos de mantenimiento de la patente, pagos anuales, pago por fin de etapa (milestones), pagos proporcionales a resultados comerciales (o royalties) fijando mínimos, etc.
  • Condiciones de seguimiento: cómo se notificará la información de control (milestone y/o ventas), condiciones de auditoría, cómo se tienen que resolver los retrasos en los pagos, etc.
  • Cláusulas de: confidencialidad, no competencia, obligaciones ante terceras partes, diligencia debida, finalización de contrato y soluciones de controversias.

 

En algunas ocasiones, si el acuerdo va a representar importantes inversiones o una relación a largo plazo, las compañías requieren un tiempo e información para realizar un análisis en profundidad sobre la situación de la patente y el mercado potencial, o incluso poder disponer de la tecnología para analizarla en sus propias instalaciones. En estos casos, puede solicitar una opción antes de entrar a la verdadera negociación de la licencia. Durante el tiempo fijado por la opción (generalmente no más de 6 meses), la universidad se compromete a no avanzar con ningún otro cliente y la compañía a realizar un pequeño pago y/o reembolso de cualquier coste incurrido por el mantenimiento de la patente durante este periodo.

 

         
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4. ¿Qué es una empresa innovadora de base tecnológica?

Se definen como:

  • Aquéllas que operan con procesos, productos y servicios donde la tecnología se considera nueva o innovadora. Son empresas que generan su propia tecnología, generalmente ofrecen productos y servicios para consumo intermedio y el valor agregado al producto por el contenido tecnológico es muy elevado, por lo cual puede manejar más ágilmente la tecnología y monitorizar mejor al cliente. Se pueden identificar por tener un grupo de cuatro a cinco personas como fundadores, ser empresas totalmente independientes, no estar ligadas a la subsidiariedad de otra empresa o grupo empresarial, y porque el principal motivo de su creación fuera explorar una idea técnicamente innovadora (Bollinger, 1992).
  • Organizaciones productoras de bienes y servicios, comprometidas con el diseño, desarrollo y producción de nuevos productos y/o procesos de fabricación innovadores, mediante la aplicación sistemática de conocimientos técnicos y científicos. (Office of Technology Assessment, 1992).

 

Las empresas innovadoras de base tecnológica presentan dos características importantes:

  • En comparación con las grandes corporaciones, son empresas muy pequeñas que ocupan poco personal y que producen bienes y servicios con alto valor agregado.
  • Tienden a relacionarse con las universidades, institutos o centros de investigación donde se desarrollan tecnologías en áreas de conocimiento similares que estas empresas requieren para su desarrollo y actualización tecnológica.

 

Las empresas innovadoras de base tecnológica (EIBT) son empresas que surgen de los resultados de programas de investigación y desarrollo en entornos científicos o industriales, liderados por centros de investigación o universidades, proyectos de investigación bajo contrato o bien proyectos internos en grandes o medianas empresas.

 

Estas empresas se desarrollan principalmente en áreas tales como la biotecnología, la química fina, la electrónica, la instrumentación, la informática, las comunicaciones, la mecánica de precisión, etc., y en muchas ocasiones sus orígenes se encuentran en empresas derivadas de proyectos llevados a cabo por universidades y centros que poseen recursos humanos especializados y han efectuado inversiones en infraestructuras para la investigación.

 

En el entorno de transferencia universitaria las principales definiciones de empresa derivada son:

  • PROTON (Public Research Organitation Transfer Office Network):

    una nueva compañía cuya formación dependía del uso de la propiedad intelectual (incluyendo patentes,
    copyright, diseño de derechos, know-how
    , modelo de utilidad o similar) que fuera creada o desarrollada dentro de una organización de investigación pública.

  • AUTM (Association of University Technology Managers):

    las compañías
    start up
    son compañías que dependen de las licencias de la institución de tecnología para su iniciación.

  • UNICO/NUBS (University Companies Association / Nottingham University Business School):

    las compañías
    spin-out son compañías o comerciantes como personas que se dedican a negocios que dependen de licencia o asignación de la institución de tecnología para su iniciación.

 

 

         
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5. ¿Qué es una casiempresa? ¿Qué es el programa Casiempresas UB?

Una casiempresa es un grupo de investigación con una capacidad científica de alto nivel, una clara orientación a dar respuesta a la demanda tecnológica del entorno, que se ha dotado de una estructura adicional (de promoción y de gestión) que le permite relacionarse de forma más ágil, eficaz y cómoda con el mercado.

 

La figura del promotor es el elemento clave y diferenciador del programa Casiempresas. El promotor es un joven licenciado, seleccionado por sus aptitudes emprendedoras, que se incorpora al grupo de investigación con dedicación exclusiva y se responsabiliza de los trabajos de gestión interna del grupo de investigación y de promocionar sus líneas de actividad. El promotor cuenta con el apoyo de un tutor. Éste es un profesional vinculado al sector financiero y/o del ámbito de la consultoría empresarial que se reúne con los promotores con una periodicidad quincenal y los asesora en temas de marketing, finanzas y estrategia empresarial.

 

El programa Casiempresas es el instrumento de apoyo a la profesionalización de la transferencia de tecnología, en cuanto a los aspectos de promoción y de gestión, de los grupos de investigación de la Universidad de Barcelona, con el objetivo de potenciar su capacidad de satisfacer las demandas empresariales.

 

Los objetivos del programa son, en primer lugar, incrementar el volumen de contratación de proyectos de los grupos de investigación con empresas e instituciones, pero también, evaluar la posibilidad de creación de una nueva empresa basada en los resultados de la investigación del grupo. Finalmente, el programa Casiempresas UB juega un papel importante en la promoción de la cultura emprendedora en el entorno universitario.

 

El programa Casiempresas se puso en marcha inicialmente en 1998, con el apoyo del programa ATYCA del antiguo Ministerio de Industria y Energía (MINER), etapa en la cual se crearon once casiempresas. El año 2002, el programa entró en la segunda fase gracias al apoyo del programa Innovation de la Unión Europea. Esta segunda fase supuso la internacionalización del programa, y por eso se contó con dos socios: el AREA Science Park de Trieste, en Italia, y TechMincho en Guimaraes, Portugal. Finalmente se puso en marcha una tercera fase financiada por el programa PROVECHO del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITYC). Esta ayuda permitió constituir cuatro nuevas casiempresas en el campo de la biomedicina, en sentido amplio.

 

La financiación por parte de los diferentes programas, con una duración de 18 meses, incluye el 50% del sueldo del promotor (el grupo de investigación se hace cargo del 50% restante) y la coordinación y gestión del programa por parte del Centro de Innovación de la Fundación Bosch i Gimpera.

 

 

         
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6. ¿Qué son los trampolines tecnológicos y cuál es su papel?

Un trampolín tecnológico (TT) es una unidad de apoyo a la creación de empresas basadas en el conocimiento.

 

Su misión es ayudar a los emprendedores a llevar al mercado sus invenciones, que pueden proceder de la investigación universitaria (investigadores y doctorandos) o de las ideas surgidas de los estudiantes y del personal de la institución.

 

La Red de Trampolines Tecnológicos (Red TT) fue creada por el Centro de Innovación y Desarrollo Empresarial (CIDEM, Departamento de Trabajo e Industria de la Generalitat de Cataluña). La mencionada Red constituye uno de los instrumentos creados en el marco del Plan de Innovación de Cataluña para el desarrollo del mencionado plan y tiene como objetivo específico impulsar la creación de empresas derivadas surgidas del entorno de las universidades.

 

Así, la Red TT está integrada por un conjunto de centros de apoyo a la creación de empresas de base tecnológica de diferentes universidades y escuelas de negocios, todos ellos con capacidades para ofrecer servicios de asesoramiento y que resultan clave para resolver los problemas a que se enfrentan los emprendedores al impulsar una empresa en los ámbitos vinculados a la I+D o a partir de proyectos tecnológicos.

 

La Red TT se puso en marcha el año 2001 con siete universidades y escuelas de negocios (UPC, UAB, UdG, UB, La Salle, IESE, ESADE). Recientemente otras universidades se han incorporado a la Red (UdL, URV, UOC, UPF).

 

Con este mismo objetivo, el CIDEM ha desarrollado una línea de financiación, llamada Capital Concepto, para atender las necesidades específicas de los emprendedores de base tecnológica. Fomentará así la generación de proyectos de calidad surgidos del ámbito de la investigación universitaria e incrementará la capacidad de financiación de los emprendedores que los impulsan.

 

         
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7. ¿A qué llamamos incubación de empresas?

 

La incubación desde cualquier ángulo o enfoque que se analice implica proporcionar unas condiciones controladas que favorezcan el nacimiento y el crecimiento de una nueva vida. Controlar las condiciones implica conocer previamente los factores que pueden incidir sobre las probabilidades de supervivencia del nuevo ser o entidad. En el caso de una nueva empresa, asumiendo que exista un mercado rentable para su producto, los factores fundamentales para mejorar la supervivencia van ligados a la obtención de la financiación, al acceso adecuado a los servicios básicos necesarios para la operación y a otros servicios de alto valor añadido que varia según la linea de negocios a la que se dedicará la nueva empresa.

 

Entre las iniciativas puestas en práctica con el objetivo de facilitar la creación y la consolidación de nuevas pequeñas empresas se encuentran los viveros o incubadoras de empresa. Estos viveros ofrecen espacios físicos adaptados a sus necesidades de instalación, así como toda una gama de servicios de soporte empresarial orientados a mejorar las condiciones de desarrollo de las microempresas durante sus primeras etapas operativas, con el fin de incrementar sus posibilidades de supervivencia.

 

 Una incubadora se diseña no sólo en función de los servicios que brinda, sino también en función del tipo de empresa o sector de actividad hacia el que se vaya a orientar. Es más, la decisión sobre los servicios que ofrecerá es una derivación de este sector de actividad. El vivero de empresas es una edificación, o un conjunto de edificaciones, que alberga locales a disposición de los emprendedores de la zona. Estos locales, ocupados temporalmente a cambio de un alquiler competitivo en relación con su entorno, pueden ser ocupados por empresas de servicios (oficinas) o por empresas industriales (talleres), según las características funcionales del centro.

 

Los viveros ofrecen una amplia oferta de productos y servicios de valor añadido destinados a facilitar el desarrollo y el crecimiento de las empresas de nueva creación, potenciando los aspectos de innovación y de valor añadido para el entorno local. Se trata de un conjunto de servicios logísticos y administrativos, recursos de información y telemáticos, acceso a la financiación, consultoría empresarial, formación y actividades de relación empresarial.

 

Los requisitos específicos de la investigación en biotecnología, así como el estado incipiente de desarrollo de las ideas generadas en los laboratorios públicos, hacen indispensable la existencia de estructuras que ofrezcan espacios adecuados para transformar la idea biotecnológica en proyecto de empresa y posteriormente modelar dicha empresa en un entorno permisivo que haga posible, en una etapa innicial de dos o tres años, diseñar, validar y desarrollar un modelo de negocio adecuado.

 

En la actualidad, las ideas surgidas de la investigación biotecnológica a menudo conviven en el entorno de departamentos universitarios, donde se benefician de los laboratorios y del acceso a servicios científicos (estabularios, salas de cultivo, centrífugas, microscopios, etc.), con una falta de reglas de juego que regulan los derechos de acceso y los entornos adecuados para la universidad. Es de absoluta necesidad la identificación de espacios donde se pueda llevar a cabo la prueba de concepto inicial (previa a la constitución de la empresa) de validación de la idea durante el desarrollo de los primeros años de la empresa constituida (normalmente un máximo de tres años). Estos espacios tienen que estar cerca de servicios científicos universitarios, imprescindibles para el desarrollo de las empresas derivadas biotecnológicas, por lo que los entornos recomendables son los campus universitarios o los parques científicos.

 

Un vivero o incubadora de alta tecnología o base tecnológica se especializa en empresas nuevas, cuyo negocio está basado en procesos, productos o servicios, donde la tecnología es nueva o innovadora, considerada como tecnología punta, y donde el conocimiento se convierte en el elemento que aporta un alto valor añadido y es lo que permite mantener una ventaja competitiva. La experiencia de incubadoras de éxito en otros países, pone de manifiesto que para conseguir una oferta completa y de calidad, las incubadoras tienen que estar integradas en el entorno inmediato y formar parte de asociaciones de empresas o redes regionales de innovación. Estos vínculos formales o informales a organizaciones o programas más amplios aportan las sinergias necesarias para posicionar las nuevas empresas como piezas fundamentales de la renovación de la economía regional.

         
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8. ¿Qué es la bioincubadora CIDEM-PCB?

El PCB ejerce el papel de promotor, aportando un impulso económico y representando jurídicamente a la bioincubadora. El Centro de Innovación de la FBG, de acuerdo con sus funciones y capacidades enámbito del acompañamiento de las nuevas iniciativas empresariales, ofrece servicios de asesoramiento en gestión empresarial a las empresas ubicadas en la bioincubadora. La estancia máxima en la bioincubadora es de tres años, durante los cuales las empresas reciben apoyo económico del CIDEM y del PCB. La subvención que ofrece el PCB es decreciente a lo largo de estos tres años.

 

Los servicios que ofrece el PCB son los siguientes:

  • Acceso a espacios de laboratorio totalmente equipados con las instalaciones y equipamientos específicos para la actividad de la empresa. Entrada inmediata en los espacios de laboratorio, ya que el propio PCB solicita los permisos necesarios (de actividad, de reactivos peligrosos, de residuos, de radioactividad, de trabajo con animales, etc.).
  • Acceso a todos los servicios generales y de apoyo del PCB.
  • Acceso gratuito y en autoservicio a los servicios científicos comunes del PCB (SCC-PCB).
  • Acceso preferente, como usuarios internos, a los servicios científicos especializados y plataformas.
  • Posibilidad de ampliar espacios fuera de la bioincubadora, pero dentro del mismo edificio modular del PCB.

 

Empresas ubicadas en la bioincubadora CIDEM-PCB:

  • Crystax Pharmaceuticals: desarrollo de nuevos fármacos basados en la estructura tridimensional de las dianas biológicas.
  • Enantia: síntesis y desarrollo de procesos para la preparación de principios activos farmacéuticos, en particular aquéllos que son quirales.
  • ERA BIOTECH: validación de una tecnología para la producción de proteínas y péptidos en plantas.
  • Oleoyl Estrone Developments (OED): investigación de fármacos para el tratamiento de la obesidad y las enfermedades asociadas.
  • Oryzon Genomics: genómica funcional.

 

Asimismo las empresas tienen acceso a los servicios del Área Centro de Empresas del Centro de Innovación de la FBG y el Centro de Patentes de la UB, ubicados en el PCB.

 

 

         
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9. ¿Cómo es el proceso? ¿Por dónde empezamos?

 

Esquema

 

De una forma esquemática, el proceso de transferencia cuando está implicada la PI, podría describirse de la siguiente manera: